El Tribunal Supremo (TS) ha fijado que para que las mujeres embarazadas reciban indemnización por un despido nulo debe acreditarse que sufrieron una discriminación por razón de su estado, dando respuesta a un caso referido a una trabajadora de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) cuyo recurso desestima.
La RFEF comunicó a la mujer su despido disciplinario, junto al de otros cinco trabajadores, alegando "disminución continuada y voluntaria del rendimiento normal en su puesto de trabajo". Fue entonces, en el mismo momento del despido, cuando la mujer informó a la Federación de que estaba embarazada.