Competencia obliga a las eléctricas a aumentar un 36% la energía que debe financiar el tope al gas

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha obligado a las eléctricas a incrementar en más de un tercio la energía que debe financiar el tope al gas y que las compañías habían intentado declarar inicialmente como exenta de tener que soportarlo, tras incluir los contratos con cláusulas de subida de precios vinculadas al IPC.

Según el organismo, “gracias a la supervisión realizada, la energía declarada exenta en el mes de marzo de 2023 ha sido finalmente un 36% inferior a la declarada por las comercializadoras en el momento de la puesta en marcha del mecanismo en mayo de 2022”, explica en su último informe de supervisión de los mercados minoristas de gas y electricidad.

Cuando se diseñó este mecanismo, pactado por España y Portugal con la Comisión Europea para evitar el traslado de la subida del gas a los precios de la luz, tras la explosión de la cotización de esta materia prima por la guerra en Ucrania, quedaron exentos de soportarlo los contratos de luz firmados en el mercado libre antes del 26 de abril de 2022, con la idea de que lo fueran haciendo a medida que vencieran.

De esta forma, en un primer momento solo tendrían que costear la compensación a las centrales de gas los consumidores beneficiados por la medida: la energía contratada desde esa fecha en el mercado libre y toda la de los usuarios con un contrato directamente vinculado al mercado mayorista de electricidad, como los industriales y los que están acogidos a la tarifa regulada del precio voluntario al pequeño consumidor (PVPC).

Pero surgieron dudas sobre si esa máxima se aplicaba también a los contratos que, durante su periodo de vigencia, incorporasen alguna fórmula de revisión de precio vinculada a la evolución del IPC: por ejemplo, una actualización a partir del mes de enero de 2023. Con la inflación disparada, la CNMC detectó que algunas empresas estaban aplicando esas subidas vinculadas al IPC y, aun así, declaraban la energía como exenta de financiar el tope al gas.

Para clarificar las cosas, el pasado 1 de diciembre la sala de supervisión del organismo concluyó que la normativa exige “que la energía sea a precio fijo” y que “los precios no sean modificados”. Si había revisión del IPC, esa energía pasaba a soportar el mecanismo. Y aumentar la energía que debe financiar el tope al gas supone reducir su coste para el conjunto de consumidores.

Un portavoz de la CNMC declina precisar si ese 36% ha sido un porcentaje constante mes a mes. Tampoco aclara cuál es el importe de la energía que se ha declarado no exenta desde que entró en vigor el tope al gas hace ahora un año, el 15 de junio de 2022.

“El objetivo de dar este número [del 36%] era identificar el impacto del esfuerzo que se ha llevado a cabo por parte de la CNMC para identificar datos inexactos y asegurar que el mecanismo era financiado correctamente”, dice ese portavoz del organismo, que añade que el porcentaje del ajuste que se llevó a cabo en la energía declarada exenta "ha sido diferente en función del mes”.

En su informe, la CNMC recuerda que, desde la puesta en marcha del mecanismo, “ha venido realizando una serie de actividades en el ámbito de sus funciones de comprobación, análisis y supervisión para asegurar la correcta declaración de las empresas a efectos de quedar exentos de la financiación del mecanismo, así como para asegurar el correcto traslado del coste y comunicación correspondiente al consumidor”.

En diciembre, Competencia aclaró al sector que “los contratos a precio fijo son aquellos que ni están indexados al precio del mercado de contado ni incluyen ninguna cláusula de revisión que incorpore las variaciones sufridas por el mercado eléctrico, encajando en esta categoría, por tanto, los contratos con cláusulas de actualización no referenciadas al precio del mercado mayorista de electricidad, como el IPC”.

“La energía asociada a estos contratos dejaría de estar exenta del coste del mecanismo de ajuste desde el momento en que el precio se modifique, independientemente del motivo, siempre que no obedezca a variaciones de conceptos regulados”, advirtió el organismo.

La CNMC pidió entonces “transparencia” a las comercializadoras sobre el impacto de este tipo de cláusulas en el momento de la contratación, “dada la relevancia que puede tener esta actualización sobre el precio contratado inicialmente, especialmente en el escenario actual donde se espera un IPC del 8,7% en el año 2022”.

A principios de año, Competencia avisó de que las eléctricas estaban trasladando a sus clientes subidas de precios con “comparativas imprecisas, poco claras y no homogéneas”, y pidió cambios en la información de los recibos “para que las comunicaciones de modificación de precios que hacen los comercializadores, que en ocasiones pasan inadvertidas en la factura, cumplan con unos requisitos mínimos de transparencia”.

Como señala el organismo que preside Cani Fernández, cuyo mandato de seis años llega estos días a su ecuador, “existen incluso ofertas de duración anual que incorporan este tipo de actualizaciones el día 1 de enero de cada año sin que el consumidor sea consciente de este hecho y sin que lo haya tenido en cuenta al elegir el producto”.

El súperregulador pidió en diciembre “proporcionalidad” a las empresas a la hora de poner en marcha estas subidas de tarifas ligadas al IPC, que “aplican a todos los componentes del precio de suministro, cuando dentro de este precio hay partidas que no se ven incrementadas”.

Fuentes del sector indican que la energía exenta “ha ido evolucionando a la baja a medida que los contratos se prorrogaban”. En el mecanismo ibérico, “no había ninguna duda de que cuando los contratos se prorrogaban empezaban a pagar” el tope, y “la CNMC ha ido aclarando criterios respecto a otros temas, en particular cómo se interpretaban las actualizaciones por IPC y los contratos domésticos con compromisos de precio fijo de más de un año. Eso nos ha obligado, en algunos casos, a corregir la información declarada, pero hace ya meses”, dicen esas fuentes.

Más “incertidumbre” hay, explican, sobre qué energía está exenta del mecanismo de recorte de los ingresos extra de las tecnologías que no emiten, recogido en un decreto de 2021.

El tope al gas, que fue calificado por el PP como “timo ibérico”, se ha traducido en un ahorro de 209 euros por hogar, medio punto menos de inflación y un alivio para las rentas bajas, según un estudio de Esade publicado a principios de año. La medida, que persigue limitar el impacto en los precios del mercado mayorista de electricidad provocado por el incremento de los costes del gas, se ha prorrogado hasta diciembre, aunque lleva sin aplicarse desde el pasado 27 de febrero, porque los precios de esta materia se han moderado mucho respecto a los récords de 2022.

Sin embargo, en las últimas dos semanas la cotización del gas ha recuperado la senda alcista. Si acabó mayo cerca de los 20 euros por megavatio hora (MWh), prácticamente el nivel que tenía antes del inicio de la crisis energética, lleva unos días disparado. Este jueves, la referencia europea repuntaba hasta llegar a rozar ya los 50 euros/MWh tras confirmarse, según Bloomberg, que el Gobierno holandés cerrará el yacimiento de Groningen, el mayor de Europa, en octubre. La decisión estaba prevista, pero el mercado sigue tensionado de cara al llenado de almacenes el próximo invierno.

Como el gas cotiza por debajo del umbral en el que actualmente se activa el mecanismo ibérico, la traslación al mercado mayorista eléctrico ha sido automática y este viernes el precio medio de la luz para los clientes de tarifa regulada se va a disparar hasta los 122,42 euros/MWh, el más alto desde mediados de marzo. La cotización del gas todavía está lejos de los 58,3 euros/MWh en los que se activaría la solución ibérica este mes de junio, según la senda fijada hasta diciembre. Para entonces, ese umbral se situará en 65 euros/MWh, en una suerte de seguro por si las cosas en el mercado internacional del gas vuelven a complicarse de aquí a final de año.