En su decreto, la teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Marta Durántez, afirma que la “limitación” del derecho constitucional a la libertad de prensa no puede basarse en hipótesis o suposiciones de la comisión de un determinado delito. E insiste en que, en este caso, no existe “indicio alguno” de que la emisión pueda suponer un delito de enaltecimiento del terrorismo y humillación a sus víctimas, como sugería Dignidad y Justicia. Atender la petición de esta asociación supondría, en consecuencia, iniciar “una investigación prospectiva basada en las circunstancias de la persona entrevistada”.