Condena a una subcontrata por no aplicar la reforma laboral. El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha confirmado una sentencia de instancia que condenó a una subcontrata de Nedgia S.A (Grupo Naturgy) por no subrogar al personal de la anterior empresa adjudicataria, como marca el convenio colectivo de la actividad externalizada, que es el que debe aplicarse según la normativa aprobada por el Gobierno, como ha adelantado El Periódico de Catalunya.
Las sentencias son las primeras que aplican el nuevo artículo 42.6 del Estatuto de los Trabajadores tras los cambios en la reforma laboral, advertía este martes el profesor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la UOC, Ignasi Beltrán, que realiza un gran seguimiento de la jurisprudencia en esta materia en su blog 'Una mirada crítica a las relaciones laborales'.
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