El Tribunal Supremo ha eximido a una mujer de hacerse cargo del pago de 17.800 euros en prestamos personales y tarjetas de crédito que había suscrito entre los años 2007 y 2011 su entonces marido, mediante la falsificación de su firma.
En una sentencia fechada el pasado 18 de septiembre, la Sala de lo Civil rechaza un recurso presentado contra un fallo de la Audiencia Provincial de Cáceres por Aigon Capital, entidad financiera de recobro que se hizo cargo de las operaciones realizadas con Banesto.
El tribunal declara nulos los contratos por falta de consentimiento de la cliente, "cuya firma fue falsificada por su marido, que los firmó fuera de la entidad bancaria alegando que ella no se podía desplazar por motivos de trabajo".
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